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Diomar Claro Márquez ¿inhabilitado para aspirar a la alcaldía de Gamarra?

Las aspiraciones de Diomar Claro Márquez a la alcaldía del municipio de Gamarra podría verse enlodada por una posible inhabilidad, al no haber renunciado a tiempo a su cargo como Tesorero y Jefe de Almacén de la administración que dirige Libardo Cruz.

Semanario La Calle conoció el documento donde se le acepta la renuncia al funcionario el 24 de octubre de 2018, cuando según la norma, los aspirantes a cargos de elección popular debían haber renunciado a los cargos públicos por lo menos un año antes de la inscripción, es decir el 27 de julio de 2018, y no un año antes de las elecciones, como se creía.

Claro Márquez es el candidato de la administración Cruz y aspiró en 2015 a la Asamblea Departamental del Cesar por el partido Conservador y como perdió estuvo tres años vinculado a la administración municipal como Tesorero y Jefe de Almacén.

Diomar siempre ha pertenecido a esta casa política y esta vez iría respaldado principalmente por el partido de la U, que le entregó el aval el pasado 16 de julio en Valledupar; además de ASI y Colombia Renaciente.

Con este documento se hace claridad sobre la fecha de renuncia de Diomar Claro Márquez a la administración local de Gamarra.

Así las cosas, el futuro de Diomar es incierto y de hacerse efectiva la sentencia de unificación de la sala plena del Consejo de Estado, del 29 de enero de 2019—donde la inhabilidad se configura a partir del día de la inscripción de la candidatura, así que quienes siendo servidores públicos y no renunciaron antes del 27 de julio de 2018, es mejor que revisen su situación y hagan las consultas del caso porque podrían estar inhabilitados.

Frente a este tema surgieron muchas dudas, teniendo en cuenta que fue sancionada hasta este año, cuando los aspirantes debían renunciar en 2018, y lo hicieron confiando en los tiempos que figuraban.

En ese sentido, hay interpretaciones que exponen que para la inhabilidad de doce meses se toma como referencia la fecha de inscripción de la candidatura; mientras que otras sostienen que es al momento de la declaratoria de la elección por parte de la autoridad comicial.

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