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Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira negó nulidad electoral contra el Alcalde de Barrancas

En una reciente decisión, el Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira resolvió la demanda de nulidad electoral presentada por Juana Yolanda Gómez Bacci contra Vicente Berardinelli Carillo, actual alcalde del municipio de Barrancas.

La demanda, interpuesta por Gómez Bacci a través de su apoderado judicial, solicitaba la nulidad del Acto Administrativo Electoral contenido en el Formulario E-26 ALC, expedido por la Comisión Escrutadora Departamental de La Guajira el 4 de noviembre de 2023, que declaró a Berardinelli Carillo como alcalde para el período 2024-2027.

Antecedentes de la demanda

Juana Yolanda Gómez Bacci fundamentó su demanda en varias resoluciones emitidas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), destacando la existencia de irregularidades en la inscripción de cédulas de ciudadanía, conocidas como trashumancia electoral. Según la demandante:

Resolución No. 2857 (30 de octubre de 2018): Estableció un procedimiento breve y sumario para anular la inscripción irregular de cédulas.

Resolución No. 5480 (26 de julio de 2023) y Resolución No. 9215 (22 de septiembre de 2023): Anularon la inscripción irregular de cédulas debido a la falta de residencia electoral de ciertos ciudadanos en Barrancas.

Fallos de Reposición: A pesar de recursos de reposición presentados por varios ciudadanos, se mantuvo la anulación de muchas inscripciones.

Gómez Bacci argumentó que estas irregularidades en el registro de votantes impactaron negativamente el proceso electoral, comprometiendo la transparencia y equidad de las elecciones del 29 de octubre de 2023.

Decisión del Tribunal

El Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, tras evaluar los argumentos y evidencias presentados, decidió lo siguiente:

Falta de legitimación en la causa por pasiva: Se declaró probada la excepción presentada por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Negación de las pretensiones de la demanda: Se negaron las solicitudes de nulidad del acto administrativo electoral y la cancelación de la credencial de Vicente Berardinelli Carillo.

Sin condena en costas: No se impusieron costos judiciales en primera instancia.

El Tribunal concluyó que, a pesar de las alegaciones de trashumancia y otras irregularidades, no se presentaron pruebas suficientes para anular la elección de Vicente Berardinelli Carillo como alcalde de Barrancas. La decisión reafirma la validez del proceso electoral y la elección de Berardinelli Carillo para el período constitucional 2024-2027.

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