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Micher Pérez está como en una ‘ruleta rusa’

Tan complejo es el proceso que lleva la Sección Quinta del Consejo de Estado en contra de la elección de Micher Pérez Fuentes como alcalde municipal de Fonseca, que los cuatro magistrados que componen esta unidad del tribunal supremo de la jurisdicción de lo contencioso administrativo no se han podido poner de acuerdo para tomar una decisión definitiva en torno al cargo que actualmente ostenta Pérez Fuentes. Tanto es así que en la sesión del pasado jueves 8 de abril hubo empate: dos estuvieron de acuerdo con la decisión que llevaba el magistrado ponente de favorecer la demanda; es decir, de anular la elección de Micher Pérez; y otros dos votaron por acoger la decisión del Tribunal guajiro de negar las pretensiones de la demanda.

Entonces, a través de un sorteo electrónico, el Consejo de Estado, en su Sección Quinta, designó a Roberto Rafael Bornacelli Guerrero como el conjuez para definir el proceso de impugnación de la demanda electoral contra la elección del alcalde de Fonseca Micher Pérez Fuentes.

Quién es Bornacelli Guerrero

Roberto Bornacelli es abogado liberal de la Universidad Externado de Colombia, con especialización en derecho público. Fue presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), donde fue magistrado para el período 2002-2006, elegido, precisamente, por el Consejo de Estado. Hizo su primaria y parte de su bachillerato en Santa Marta y en Cartagena. Ha ejercido como juez y registrador en Bogotá. Ha sido asesor de varias entidades públicas y catedrático de la universidad de donde es egresado. Ha publicado artículos en revistas especializada en materia penal. Es coautor del Código Disciplinario de su partido en 2002.

Qué viene ahora con el conjuez

Álvaro Alario
Montero

El Semanario La Calle consultó con un experto en estos temas. El abogado guajiro Álvaro Ignacio Alario Montero, ex magistrado, en diálogo con este periódico, explicó que “una vez conocido el conjuez, designación que recayó en el doctor Roberto Bornacelli, la Sección quinta debe esperar que este conjuez manifieste si acepta el cargo, y si lo acepta habrá que esperar que estudie y analice el expediente, término que puede ser de 8 a 10 días. Superado lo anterior, el conjuez manifestará al presidente de la Sección que ya tiene lista su posición y se convocará a sala, en la que pueden ocurrir dos situaciones: la primera, que el conjuez apoye la ponencia, con lo cual el proyecto quedaría 3-2. En este caso, los dos magistrados disidentes pasan a salvar voto. La otra posibilidad es que apoye a los magistrados disidentes, en cuyo caso también el proyecto quedaría 3-2, pero en este caso los que primero apoyaban la ponencia positiva pasan a salvar voto”.

¿Por qué la Sección Quinta?

La Sección Quinta del Consejo de Estado “es llamada también la sección electoral porque se encarga de decidir sobre la legalidad de los actos que se expiden en el proceso electoral, sobre los actos electorales y los actos de contenido electoral”, según se explica en la página web de este organismo. En la misma, de nueve funciones fundamentales, aparecen dos relacionadas directamente con el tema de elecciones democráticas: Demandas de nulidad electoral y Demandas contra los actos de elección de voto popular.

“La Sección Quinta del Consejo de Estado, al resolver el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de La Guajira (que negó la demanda de nulidad contra señor Micher Pérez Fuentes como alcalde del municipio de Fonseca, La Guajira), no logró ponerse de acuerdo con el proyecto de fallo llevado a Sala por el magistrado ponente”, recordó Alario Montero.

¿Por qué es complejo el proceso de Micher Pérez?

Como se sabe, ya ha habido ponencia sobre trashumancia electoral, sobre doble militancia, violación de topes, en fin; sin embargo, el caso de la elección de Micher Pérez aborda otras aristas que lo hacen sui generis.  “Este es un caso que mantiene con muchas expectativas al municipio de Fonseca y al mundo académico, porque los temas que se están abordando son complejos. No se sabe cómo va a definir el Consejo de Estado el tema de las dos elecciones que se presentaron, la del 29 de octubre de 2023, que fue anulada por los miembros de la comisión escrutadora o, la posterior de diciembre en la que se elige a Micher Pérez. La ciudadanía se pregunta si se anula la segunda y se mantiene vigente la primera, pero ordenando un nuevo escrutinio incluyendo los puestos de votación de María Inmaculada y Calixto Maestre, cuyos votos no fueron contabilizados, y donde no hubo actos de violencia”, explicó Álvaro alario a La Calle. “De igual manera, si, realmente, la comisión escrutadora departamental tenía o no tenía competencia para declarar la nulidad de la elección que se hizo o no la tenía”, agregó Alario.

José Manuel Abuchaibe Escolar

Por su parte, José Manuel Abuchaibe Escolar, abogado demandante, le dijo al Semanario La Calle que “estamos ante un caso excepcional que debe el Consejo de Estado definir con claridad las funciones de las comisiones escrutadoras, para que no se repitan hechos similares a lo sucedido en Fonseca. Confiamos en la Justicia y pronto veremos que nos asiste la razón en nuestra demanda”.

“Me da confianza el conjuez”: abogado demandante

En el diálogo con Abuchaibe, La Calle le preguntó su opinión sobre el conjuez designado. “Considero que la designación de Roberto Bornacelli como conjuez, en el caso de la demanda de nulidad en la elección del Alcalde de Fonseca, en donde soy uno de los demandantes, puedo expresarte que, según las referencias que tengo, se trata de un profesional que maneja muy bien el tema electoral, lo que es una garantía que nos da confianza”, respondió José Abuchaibe.

Agregó que “con el conjuez se va a definir una realidad jurídica sobre lo sucedido en las elecciones de octubre del 2023 en Fonseca, en donde una comisión escrutadora departamental consideró que se dieron cero votos, según dispuso en los documentos electorales, por lo que en consecuencia se procedió a nuevas elecciones, lo que consideramos fue una decisión engañosa y fuera de la ley, además de arbitraria y sin competencia para hacerlo”.

Es posible que este jueves ya haya sentencia al respecto

Apenas se conoció la decisión de los cuatro magistrados de designar el conjuez para que dirima el empate, el pasado jueves 8 de mayo, todos coincidieron en afirmar que “en unos 15 días” habría ya sentencia sobre este largo proceso, que ha mantenido en vilo el mundo político de La Guajira por cerca de año y medio. Y, de acuerdo con lo que le explicó Álvaro Alario, a La Calle en el sentido que el conjuez “estudie y analice el expediente, término que puede ser de 8 a 10 días”, y manifestarle al presidente de la Sección que puede convocar a sesión de sala porque ya tiene su decisión, podría decirse que este jueves 22 de mayo ya habría humo blanco para la sentencia de última instancia.

De esta manera, y dependiendo la decisión, la política guajira podría retornar a la normalidad y concentrarse en las elecciones de Congreso del 2026 o, ya con una nueva jurisprudencia sobre violencia electoral y alcances de las comisiones electorales departamentales, encaminar las aguas para apoyar al nuevo alcalde en su gestión administrativa al frente de este pujante municipio del sur de La Guajira.

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