En Colombia, la normativa del sistema pensional permite que los jubilados soliciten la revisión y reliquidación de su mesada si encuentran errores en las semanas cotizadas o en los ingresos utilizados para calcular su pensión.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993, los afiliados al régimen público administrado por Colpensiones o a los fondos privados pueden pedir el reajuste del monto cuando se evidencie que no fueron incluidos periodos trabajados o ingresos como bonificaciones, horas extras o recargos.
Si se comprueba que existen semanas adicionales no registradas, la entidad deberá recalcular la pensión, lo que podría aumentar el valor de la mesada. El proceso inicia con una reclamación escrita ante la entidad correspondiente y, si la respuesta no es favorable, el pensionado puede presentar recursos de reposición o apelación para solicitar una segunda revisión

