La Corte Constitucional declaró inexequibles varias expresiones de la Ley 576 de 2000, conocida como el código de ética para médicos veterinarios y zootecnistas, que consideraban a los animales únicamente como instrumentos al servicio del ser humano.
El alto tribunal subrayó que los animales son seres sintientes y, por tanto, deben contar con una protección jurídica frente al maltrato. Entre los aparatos anulados estaban frases que los describían como “medios que sirven al hombre” o como “cosas con valor de utilidad”.
Asimismo, la Corte retiró la disposición que obligaba a los profesionales del gremio a realizar un juramento en nombre de Dios señalando que esa fórmula ha evolucionado hacia un compromiso solemne que no depende de creencias religiosas.

