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El Congreso de la República aprobó una ley que prohíbe a los colegios sancionar a estudiantes por llevar piercings, cabello largo, tinturado o por usar maquillaje

Esta norma obliga a que los manuales de convivencia de las instituciones educativas sean ajustados para respetar el derecho al libre desarrollo de la personalidad, dejando sin efecto cualquier medida disciplinaria tomada por razones estéticas o personales.

Cambios legales en el entorno escolar

La ley, aprobada en septiembre de 2025, establece que las prohibiciones sobre la apariencia física, como piercings, tintura de cabello o maquillaje, no podrán ser motivo de sanción ni exclusión en colegios públicos o privados. Esta disposición responde a reiteradas sentencias de la Corte Constitucional que reconocen estos derechos como fundamentales, siempre y cuando no afecten el orden jurídico ni los derechos de terceros.

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Implicaciones para los manuales de convivencia

Los manuales de convivencia deberán ahora ajustarse a las nuevas disposiciones legales y constitucionales, eliminando cualquier tipo de sanción relacionada con la identidad personal de los alumnos. Esto garantiza que los estudiantes puedan ejercer su derecho a la libre expresión y a la igualdad, evitando prácticas arbitrarias de disciplina.

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