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González está en medio del ‘bochinche’ por sus dos personeros 

 

González, el municipio serrano del sur del Cesar, cumple ya varios meses con una anomalía que desafía la lógica institucional: dos personas ejerciendo simultáneamente como personeros municipales, cada una respaldada en actos jurídicos distintos, y un Tribunal Administrativo que todavía no ha pronunciado la sentencia que debería resolver el enredo. Mientras tanto, los ciudadanos de ese municipio observan cómo una entidad de control y defensa de los derechos humanos opera en medio de una disputa que ninguna de las partes quiere ceder.

 

La historia viene de lejos. Luisa Fernanda Santana Lozano fue elegida por el Concejo Municipal el 13 de mayo de 2025 mediante concurso público de méritos, con la calificación más alta entre los aspirantes: 79.38 puntos. Su posesión quedó consignada en el Acta 031, que a la fecha de este informe continúa vigente sin que ningún juez la haya suspendido ni dejado sin efectos. Del otro lado, José Ricardo Lacouture Ortiz fue designado mediante el Decreto 012 del 29 de enero de 2026, firmado por la entonces alcaldesa encargada Ingrith Tatiana Santiago Cañizares, que declaró una falta temporal en el cargo e introdujo a Lacouture como personero encargado. Desde ese momento, el municipio entró en una especie de limbo jurídico que, seis meses después, sigue sin cerrarse.

 

Lo que sostiene a Lacouture: decretos y autos favorables

 

El funcionario designado por decreto explicó a este medio las bases legales de su permanencia en el cargo. Según sus palabras, su respaldo jurídico reposa en tres pilares: el propio Decreto 012 y su acta de posesión; dos decisiones judiciales que negaron medidas cautelares de suspensión de su nombramiento; y un auto del Juzgado de Aguachica que, a su juicio, se pronunció expresamente sobre la legalidad de su designación como personero encargado. 

 

“Me certifica como personero el Decreto 012 del 29 de enero de 2026 y un acta de posesión. Ese decreto declara una falta temporal del cargo de la personera y me nombra. También me respaldan dos decisiones judiciales donde niegan la medida cautelar de suspensión de mi acto de nombramiento, y un auto del juzgado de Aguachica que es claro y se pronuncia sobre la legalidad de mi nombramiento como personero encargado.”  — José Ricardo Lacouture Ortiz, Personero encargado, del decreto 012 de 2026.

 

Sobre la situación física de la personería, Lacouture fue directo: afirmó que en la actualidad hay una sola instalación de la personería que cuenta con contrato de comodato vigente, y que es allí donde él ejerce sus funciones. La declaración confirma, de manera implícita, la existencia de una segunda oficina habilitada por parte de la administración municipal para el mismo propósito, lo que lleva a que dos espacios físicos distintos operen bajo el nombre de la misma entidad de control.

 

¡Cambio de candados y se armó el bochinche!

 

La disputa, que hasta hace unos días se libraba principalmente en estrados judiciales y oficios administrativos, escaló el pasado miércoles 10 de junio a un terreno más concreto y visible. Ese día se registró el cambio de candados y la presencia de nuevos guardas en las instalaciones de la entidad donde venía ejerciendo la funcionaria Luisa Sanana, una acción atribuida a Lacouture en medio de una controversia que, insiste el tribunal, aún no ha recibido fallo definitivo.

 

El hecho generó preocupación en distintos sectores del municipio y del entorno jurídico. Fuentes consultadas por este semanario indicaron que lo ocurrido será puesto en conocimiento de las autoridades competentes para que determinen si las acciones realizadas ese día se ajustan al ordenamiento legal o si, por el contrario, constituyen actuaciones contrarias al debido proceso.

Santana Lozano: en su oficina, con su Acta, esperando al Tribunal

 

 

Luisa Fernanda Santana Lozano, elegida por el Concejo y posesionada en mayo de 2025, rechaza cualquier sugerencia de abandono del cargo mientras no exista una sentencia que declare nulo su acto de elección. Su argumento sigue siendo el mismo desde el primer día: el Acta 031 del 13 de mayo de 2025 está vigente, nadie la ha suspendido y mientras eso no ocurra, ella es la personera municipal legalmente acreditada para el periodo 2024-2028 y haciendo representación ante las reuniones de personerías en el país. 

 

“Yo estoy en las oficinas de la Personería Municipal donde siempre ha funcionado, ejerciendo mis funciones, atendiendo el público, presentándome ante reuniones, enviando oficios. No ha salido ninguna sentencia que diga que mi acto de elección está nulo, y mientras eso no exista, yo no me voy a apartar de mis funciones. Yo sigo defendiendo mi legalidad amparada bajo el principio de legalidad, como lo dijo la magistrada del Tribunal cuando él pidió la suspensión de mi posesión y ella no la otorgó, que eso fue en julio del año pasado.”  — Luisa Fernanda Santana Lozano, Personera Municipal elegida por el Concejo, Acta 031 de 2025

 

La funcionaria reveló que el proceso se encuentra en su etapa final. Según indicó, todo lo recaudado dentro del proceso de nulidad electoral ya entró al despacho del Tribunal para que la magistrada proceda a dictar sentencia. De acuerdo con su estimación, faltaban alrededor de 17 a 18 días para que se produjera ese fallo definitivo, lo que ubicaría la decisión aproximadamente en la última semana de junio o los primeros días de julio de 2026.

 

El Tribunal: la voz que todos esperan y que aún no llega

 

En todo este entramado, el actor más relevante es, paradójicamente, el que menos ha hablado: el Tribunal Administrativo del Departamento del Cesar, con el caso bajo la dirección del juez James Enrique Romero, no ha proferido aún un fallo de orden administrativo en el fondo del asunto para el municipio de González. Hasta la fecha de cierre de esta edición, la corporación judicial no ha dictado sentencia definitiva que resuelva si el acto de elección de Santana Lozano se ajustó a derecho o no, y si el Decreto 012 que nombró a Lacouture fue expedido con soporte jurídico suficiente o no.

 

Cabe recordar que en el expediente de nulidad electoral radicado bajo el No. 20-001-23-33-000-2026-00073-00, el Tribunal ya hizo historia: en julio de 2025, negó la suspensión provisional del Acta 031, encontrando que no estaba acreditado el perjuicio irremediable que justificaría la medida cautelar y que Santana Lozano gozaba de plena legalidad. Sin embargo, la decisión de fondo —la que determinará si ese acto de elección fue válido o no— sigue pendiente. Es esa sentencia la que tiene en vilo a González.

 

Una institución, dos sillas, ningún fallo

 

El panorama que deja este seguimiento es el de una institución municipal dividida en dos, con dos personas ejerciendo el mismo cargo en espacios físicos distintos, cada una con sus propios soportes jurídicos, y una comunidad que observa el espectáculo sin poder acceder con certeza a los servicios que esa entidad debe prestarle. El 10 de junio el conflicto superó los límites del papel y se volvió físico, con candados cambiados y guardas apostados sin algún fallo pertinente. 

 

Mientras el Tribunal Administrativo del Cesar no pronuncie su sentencia, el limbo continúa. Los dos personeros seguirán aferrados a sus actos jurídicos, la administración municipal seguirá en el centro de las miradas y los ciudadanos de González seguirán sin saber cuál es la puerta a la que deben tocar para que alguien, con autoridad legal definitiva, los atienda.

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